Para las personas que hemos tenido la oportunidad y necesidad de mantener un contacto continuo con empresas y personas en diferentes países del mundo, hemos visto como en los últimos diez años se ha logrado un gran avance en la tecnología de la comunicación gracias al uso del computador, el scanner, el Internet, y el e-mail.
Hoy nos preguntamos como se realizaban los negocios cuando una respuesta escrita se demoraba quince o veinte días, pero gracias al mail y el chat este tiempo se redujo al momento en que nuestro contacto lea el comunicado, y ni se diga la ventaja de poder escanear documentos oficiales, enviarlos por Internet, y que estos sean admitidos como documentos legales y oficiales ante cualquier entidad gubernamental en todo el mundo. El envío de documentos físicos desde cualquier país de África, o desde Australia dura mínimo cuatro días, eso nos hace pensar cuanto tiempo y dinero nos ahorra las TIC
domingo, 27 de abril de 2008
viernes, 21 de diciembre de 2007
Acuerdo Mercosur-MCCA
El Mercado Común del Sur o MERCOSUR
Es un bloque comercial cuyos propósitos son promover el libre intercambio y movimiento de bienes, personas y capital entre los países que lo integran, y avanzar a una mayor integración política y cultural entre sus países miembros y asociados.
Sus estados miembros son Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. Venezuela, que firmó su adhesión el 17 de junio de 2006, aún no es miembro de pleno derecho, a la espera de que los senados brasileño y paraguayo aprueben dicha solicitud. Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Peru tienen estatus de estado asociado.
Historia del Mercosur
1985-1990
El 30 de noviembre de 1985 los presidentes de Argentina y Brasil suscriben la Declaración de Foz de Iguazú, piedra basal del Mercosur. En 2004, Argentina y Brasil resolvieron conjuntamente que el 30 de noviembre se celebrara el Día de la Amistad argentino-brasileña [1] .
El 29 de julio de 1986 se firma el Acta para la Integración Argentina-Brasileña. Mediante este instrumento se estableció el Programa de Integración y Cooperación entre Argentina y Brasil (PICAB) fundado en los principios de gradualidad, flexibilidad, simetría, equilibrio, tratamiento preferencial frente a terceros mercados, armonización progresiva de políticas y participación del sector empresario. El núcleo del PICAB fueron los protocolos sectoriales en sectores claves.
El 6 de abril de 1988 se firma el Acta ÿÿ Alvoradÿÿ, medianteÿÿÿÿcual Uruguay se suma al procesÿÿÿÿÿÿntÿÿración regional.
El 29 de noviembre de 1988 se celebra el Tratado de Integración, Cooperación y Desarrollo. El Tratado fijó un plazo de 10 años para la remoción gradual de las asimetrías.
El 6 de julio de 1990 se firmó el Acta de Buenos Aires, acelerando el cronograma de integración y fijando la fecha de 31 de diciembre de 1994 para conformar el mercado común.
1991-1995
El 26 de marzo de 1991, Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay firman el Tratado de Asunción, que adopta el nombre Mercosur, le da una estructura institucional básica y establece un área de libre comercio entre los tales países.
En junio de 1992, en Las Leñas, se estableció el cronograma definitivo hacia la constitución del mercado común.
El 17 de diciembre de 1994 se firmó el Protocolo de Ouro Preto que puso en marcha el Mercosur y lo constituyó como persona jurídica de Derecho Internacional.
1995-2001
El 25 de junio de 1996, se firmó entre los países miembros la Declaración presidencial sobre la Consulta y Concertación Política de los Estados Partes del Mercosur, y junto a Chile y Bolivia la Declaración Presidencial sobre Compromiso Democrático en el Mercosur. Estos instrumentos se relacionan con los intentos de golpe de estado en abril en Paraguay y el decisivo rol jugado por el Mercosur para evitarlo [2] .
El 24 de julio de 1998 los cuatro países miembros junto a Bolivia y Chile firman el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático.
El 10 de diciembre de 1998 los cuatro presidentes firman la Declaración Sociolaboral" del Mercosur.
El 29 de junio de 2000 se aprueban las Decisiones referidas al "Relanzamiento del Mercosur"
2002
El 18 de febrero de 2002, mediante el Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias se crea el Tribunal Permanente de Revisión del Mercosur. Se instaló en 2004 con sede en Asunción.
El 6 de diciembre de 2002, los miembros plenos del Mercosur, más Bolivia y Chile, firman el Acuerdo de Residencia para Nacionales estableciendo la libertad de residencia y trabajo en todo el ámbito de los seis países.
2003
En 2003, por Decisión CMC Nº 11/03, se creó la Comisión de Representantes Permanentes del Mercosur (CRPM) con su Presidente. El Presidente de la CRPM representa al Mercosur ante terceros, y dura dos años en su cargo, pero el CMC puede extender el mismo por un año más. Eduardo Duhalde fue el presidente entre 2003-2005, y Carlos "Chacho" Álvarez, ha sido designado para el período 2005-2007.
Cumbre del Mercosur, 2006
2004
En diciembre de 2004, en la Cumbre de Presidentes de Ouro Preto:
se estableció el Fondo para la Convergencia Estructural del Mercosur (FOCEM) (Decisión CMC Nº 45/04), con el fin de financiar programas de convergencia estructural, competitividad, cohesión social, e infraestructura institucional;
se creó el Grupo de Alto Nivel (GAN) para la formulación de una Estrategia MERCOSUR de Crecimiento del Empleo (Grupo de Alto Nivel para el Empleo);
se encomendó a la Comisión Parlamentaria Conjunta la redacción de una propuesta de Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur.
2005
El 6 de julio de 2005 se firmó el Protocolo de Asunción sobre Derechos Humanos del Mercosur.
En la Cumbre de Presidentes de Montevideo de diciembre de 2005, se creó el Parlamento del Mercosur que deberá ponerse en funcionamiento antes del 31 de diciembre de 2006.
2006
En la Cumbre de Presidentes de Córdoba del 20 al 22 de julio de 2006:
se integró Venezuela como miembro pleno del Mercosur;
se aprobó la Estrategia Mercosur de Crecimiento del Empleo (Decisión CMC Nº 04/06);
se creó el Observatorio de la Democracia del Mercosur (Decisión 24/06);
se estableció que Argentina será sede permanente del Mercosur Cultural;
El 21 de diciembre de 2006 Bolivia pidió su ingreso al Mercosur como Estado parte. Por Decisión CMC 35/2006 se incorporó al Guaraní como uno de los idiomas del Mercosur.
2007
En la Cumbre de Presidentes realizada el 18 de enero de 2007 se aprobó:
el pedido de Bolivia de integrarse al Mercosur creando un Grupo Ad Hoc para su implementación;
los primeros once proyectos piloto del FOCEM (Fondo para la Convergencia Estructural del Mercosur).
Estructura jurídica del Mercosur
Artículo principal: Derecho comunitario del Mercosur
El Mercosur funciona con una estructura jurídica en la que se combinan los clásicos tratados, protocolos y declaraciones del Derecho Internacional, con normas propias obligatorias dictadas por los órganos decisorios del bloque (derecho comunitario), recomendaciones no obligatorias dictadas por los órganos auxiliares, e incluso acuerdos de concertación social regional.
Decisiones, resoluciones y directivas
XXX Cumbre del Mercosur, 2006
El Mercosur posee tres organismos decisorios:
el Consejo del Mercado Común (CMC), su órgano supremo, que dicta Decisiones;
el Grupo Mercado Común (GMC) que dicta Resoluciones;
la Comisión de Comercio del Mercosur (CCM), dicta Directivas.
Estos tres tipos de normas comunitarias dictadas por los organismos decisorios del Mercosur, son de aplicación obligatoria para los países miembros (Protocolo de Ouro Preto, artículo 42).
Ello ha generado un problema específico, que aunque con diferencias respecto del sistema de internalización de normas que tiene cada uno, sobre el modo de "internalizar" las normas del Mercosur a los ordenamientos jurídicos de cada uno de las naciones que lo integran y el nivel de jerarquía que ocupan en la pirámide jurídica [6] . Para ello, en todos los casos se precisa de un acto jurídico de los países miembros. Por esta razón, especialistas discuten si estas normas del Mercosur constituyen realmente un derecho propio del Mercosur, lo que se conoce como derecho comunitario, o se trata de normas de derecho internacional que precisan ser ratificadas. Un gran sector ha optado por crear la categoría de derecho comunitario derivado.
Las normas obligatorias del Mercosur se toman por unanimidad de todos los países miembros y sin que falte ninguno (artículo 37 del Protocolo de Ouro Preto).
Tratados y protocolos
Las normas de importancia extraordinaria para el Mercosur, se realizan como tratados internacionales y por lo tanto necesitan ser ratificados por los parlamentos nacionales. Toman la forma de protocolos complementarios del Tratado de Asunción, que constituye la norma institucional básica del Mercosur.
Por tratarse de una norma complementaria de un tratado, los protocolos suelen tener una tramitación más rápida para su ratificación parlamentaria en cada país. Excepcionalmente, en algún caso, como el Acuerdo Multilateral de Seguridad Social de 1997, se recurrió a la forma del tratado, y la tramitación para su ratificación demoró 8 años.
Declaraciones presidenciales
En algunos casos, los países miembros han recurrido a las declaraciones presidenciales, como en el caso de la Declaración sobre Compromiso Democrático de 1996, o la Declaración Sociolaboral de 1998. Las declaraciones son actos firmados por todos los presidentes que no necesitan ningún tipo de ratificación parlamentaria ni acto de internalización. Se discute entre los juristas la validez de estas normas, con gran variedad de puntos de vista.
Recomendaciones y demás actos de los organismos auxiliares
Los demás organismos del Mercosur producen recomendaciones a alguno de los tres órganos decisorios, y solo se transforman en normas obligatorias, si son aprobados y adoptan la forma de algunas de las alternativas tratadas en el punto anterior.
Un caso especial lo constituyen las recomendaciones de la Comisión Sociolaboral. Desde el punto de vista meramente formal no tiene diferencia alguna con las recomendaciones realidas por otros organismos del Mercosur. Pero debido a su peculiar composición tripartita (gobiernos, empleadores y sindicatos), las recomendaciones que realiza constituyen actos de consenso entre los tres sectores, lo que hace de las mismas verdaderos actos de diálogo y concertación social regional. El peso de ese consenso y el hecho de que los gobiernos están representados hace que su aprobación se encuentre virtualmente asegurada.
Internalización de las normas del Mercosur y el Derecho comunitario
Pasaporte argentino con la mención "Mercosur" por encima del nombre del país. Todos los pasaportes de los miembros del Mercosur deben mencionarlo y ser de color azul oscuro.
El modo en que se logra la aplicación efectiva de las decisiones, resoluciones y directivas del Mercosur como derecho interno de cada país, y el rango jurídico que ellas ocupan frente a las normas nacionales, ha generado un problema específico conocido con el nombre de "internalización" de las normas supranacionales.
Los países miembros del Mercosur poseen diferentes mecanismos constitucionales para "internalizar" las normas establecidas por el bloque y le asignan diferentes rangos de supremacía frente a su derecho interno. En Argentina y Paraguay, que han adoptado el sistema conocido como "monista", los tratados y protocolos ratificados tienen valor superior a las leyes nacionales, y por lo tanto no pueden ser derogados ni suplidos por estas. En Brasil y Uruguay, que han adoptado el sistema conocido como "dualista", los tratados y protocolos tienen el mismo valor que las leyes nacionales, y por lo tanto estas predominan sobre aquellos si son de fecha posterior.
Por otra parte, las constituciones de los países miembros no tienen definido con claridad el status jurídico de las normas obligatorias dictadas por los organismos decisorios del Mercosur, ni sus condiciones de validez interna en cada estado.
En la práctica cada país ha elaborado procedimientos que permitan una rápida incorporación de las normas mercosureñas como derecho interno, pero en ningún caso hay una aplicación directa. Esto ha llevado a varios especialistas a sostener que el derecho mercosureño no tiene la condición de derecho comunitario.
Estados asociados al Mercosur
Tiene como estados asociados a Bolivia (1996), Chile (1996), Perú (2003), Colombia (2004) y Ecuador (2004). Bolivia, Perú, Colombia y Ecuador integran la Comunidad Andina (CAN), bloque con el que el Mercosur también firmará un acuerdo comercial.
El estatus de Estado asociado se establece por acuerdos bilaterales, denominados Acuerdos de Complementación Económica, firmados entre el Mercosur y cada país asociado. En dichos acuerdos se establece un cronograma para la creación de una zona de libre comercio con los países del Mercosur y la gradual reducción de las tarifas arancelarias entre el Mercosur y los países firmantes. Además de participar en calidad de invitados a la reuniones de los organismos del Mercosur y efectuar convenios sobre materias puntuales.
Chile formaliza su asociación al Mercosur el 25 de junio de 1996, durante la X Reunión de Cumbre del Mercosur, en San Luis, Argentina, a través de la suscripción del Acuerdo de Complementación Económica Mercosur-Chile.
Bolivia formalizó su adhesión en la XI Reunión de Cumbre del Mercosur, en Fortaleza (Brasil), el 17 de diciembre 1996, mediante la suscripción del Acuerdo de Complementación Económica Mercosur-Bolivia. A fines de 2006 formalizó su pedido de admisión como miembro pleno del Mercosur.
Perú formaliza su asociación al Mercosur en el 2003 por la suscripción del Acuerdo de Complementación Económica Mercosur-Perú (CMC Nº 39/03).
Colombia, Ecuador y Venezuela formalizan su asociación al Mercosur el 2004 mediante la suscripción del Acuerdo de Complementación Económica Mercosur-Colombia, Ecuador y Venezuela (CMC Nº 59/04).
Venezuela se integra como estado miembro, con plenos derechos y deberes, al firmar el Protocolo de adhesión al Mercosur el 4 de julio de 2006. Entre el 2004 y 2006 Venezuela era estado asociado.
El Mercosur se concibe cómo un proyecto de integración a nivel América Latina, por eso prevé la incorporación de más estados de la región, sea para el estatus de estado asociado o estado miembro
Acuerdos con otros bloques regionales
Existe un acuerdo con la Comunidad Andina, establecido en el Acuerdo de Complementación Económica celebrado entre la Comunidad Andina y el Mercosur del 6 de diciembre del 2002. Además de la cooperación económica también se efectúa un diálogo político. Se abre también la posibilidad de entablar negociaciones con cada uno de los estados integrantes del bloque andino.
En noviembre de 2005 el Congreso Colombiano ratificó un Tratado de Libre Comercio (TLC) con el Mercosur. En consecuencia, el acceso a Mercosur de productos colombianos aumenta el peso político de Colombia en las negociaciones que actualmente se llevan a cabo para un tratado de libre comercio (TLC) con los Estados Unidos.
El 30 de diciembre de 2005, el presidente colombiano Álvaro Uribe firma la Ley 1.000, para la creación de una zona de libre comercio entre la Comunidad Andina y el Mercosur. Con este nuevo acuerdo, los productos colombianos consiguieron un acceso preferencial al Mercosur, a la vez que Colombia obtuvo la oportunidad de importar materias primas y bienes de capital de Mercosur a costos más bajos según lo establecido en el TLC. Colombia también logró unas condiciones de asimetría favorables que le permiten aplicar una desgravación gradual y progresiva de las importaciones provenientes de las economías más grandes del Mercosur, como Argentina y Brasil. [2]
Libre residencia y circulación de personas
El Mercosur, Bolivia y Chile han establecido que todo su territorio constituye un Área de Libre Residencia con derecho a trabajar para todos sus ciudadanos, sin otro requisito que acreditar la nacionalidad y no poseer antecedentes penales. Esta área fue establecida en la Cumbre de Presidentes de Brasilia, mediante el Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Parte del Mercosur, Bolivia y Chile firmado el 6 de diciembre de 2002.
Si bien el Área de Libre Residencia y Trabajo no se asimila completamente a la libre circulación de personas (donde no se requiere tramitación migratoria alguna), los seis países han dado un gran paso adelante y establecido expresamente su voluntad de alcanzar la plena libertad de circulación de las personas en todo el territorio.
El Mercado Común Centroamericano (MCCA)
estába integrado por Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua. Se rige por el Tratado de Managua (1960) y sus protocolos modificatorios. Su población representa un 6,5% y su territorio un 2,1 % del total de América Latina. Su Producto Interno Bruto un 2,2% del de la región.
Estados Unidos es el principal socio comercial de los países del MCCA. Desde 1991 sus miembros obtienen las preferencias contempladas en la Iniciativa de la Cuenca del Caribe, las que se han visto dañadas por la formación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). Por otra parte, la Unión Europea otorga un tratamiento preferencial a las exportaciones del MCCA así como cooperación en la forma de asistencia técnica. El comercio con el resto de América Latina y el Caribe es de poca magnitud, excepto en el caso de México. Hasta hace poco las relaciones formales con los otros países de la región eran escasas, excepto en el caso de México y Venezuela para sus compras de petróleo.
A mediados la década de los ochenta se obtuvo algunos progresos. En 1985 se firmó un acuerdo con la Comunidad Europea y se concretó un arancel para la importación. En 1987 se suscribió el Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y en 1990 se estableció un nuevo sistema de pagos.
En 1990 los presidentes centroamericanos acordaron reestructurar, fortalecer y reactivar el proceso de integración, así como sus organismos. En Abril de 1993 se llegó a un acuerdo de libre comercio que tiene como objeto el intercambio de la mayoría de los productos, la liberalización de capitales y la libre movilidad de personas.
La reforma acordada en Julio de 1997 contempla el fortalecimiento del Parlamento Centroamericano, La reforma de la Corte Centroamericana de Justicia y la unificación de las secretarías en una sola Secretaría General.
Régimen comercial
Existe libre comercio entre todos los países, excepto Costa Rica, país que se está incorporando gradualmente. Anteriormente se aplicaba un régimen de excepción para productos agropecuarios considerados vulnerables, ahora solo para servicios. Es posible imponer salvaguardas intrarregionales cuando un país se considera afectado por prácticas de comercio desleal. Para la solución de controversias se cuenta con un cuerpo arbitral compuesto por un representante de cada país miembro.
Evolución del comercio
Para 1998 las exportaciones totales del MCCA alcanzaron un monto de 10.573 millones de dólares. Lo que representa, de acuerdo a cifras preliminares un incremento de 10,2% respecto al año anterior. Entre 1990 y 1998 las exportaciones aumentaron en un 160% (un promedio anual de 12,7%).
Las exportaciones dentro de la sub-región alcanzaron en 1998 a $2.073 millones, cifra superior en 12,1% a la del año anterior. Entre 1990 y 1997 el comercio intrasubrregional casi se triplicó, al pasar las exportaciones entre los países miembros de $656 millones a $1.866 millones. La tasa anual de crecimiento en el período fue de aproximadamente 16 %.
El comercio intrasubrregional se había deteriorado fuertemente durante la década de los ochenta cuando cayó de un nivel de $1.100 millones en 1980 a solo $450 millones en 1986. Sólo en 1993 se recuperó el nivel anterior a la crisis.
El principal destino de las exportaciones de los países del MCCA son los Estados Unidos de América. En 1998 aproximadamente un 45% de las exportaciones se destinaron a EE.UU. A América Latina fue un 27% y a la Comunidad Andina un 2%. Cabe destacar el bajo monto de las exportaciones a CARICOM y en especial a el Mercosur.
Evolución general
Para finales de la década de los setenta los países centroamericanos habían alcanzado un comercio recíproco equivalente a una cuarta parte de sus exportaciones totales. Se había construido una infraestructura común y establecido relaciones entre sus mercados y empresarios.
A partir de entonces, y a lo largo de prácticamente toda la década de los ochenta, la inestabilidad política en la mayoría de los países de la sub-región, las tensiones que se crearon entre ellos y el hecho de haberse convertido en un centro de conflictos de alcance internacional conformaron una situación totalmente adversa a los esfuerzos de integración. Tales circunstancias se reflejaron en el comercio subrregional, al punto de que para 1986 su monto se había reducido en más de la mitad de lo que había sido cinco años antes. Sin embargo, una vez superadas en lo esencial las crisis políticas, la reanudación de proceso de integración fue relativamente rápida. Para 1996 el comercio recíproco alcanzaba a 20% del total de las exportaciones, porcentaje similar al que presenta para el mismo año MERCOSUR.PUNTO
Tratado de Libre Comercio México - Canadá - Estados Unidos NAFTA
El Tratado de Libre Comercio de Norte América (NAFTA por sus siglas en inglés) con Canadá y México entro en vigor el 1 de enero de 1994. La regla de origen para textiles y prendas se basa en la regla de “envío de hilo”
El Tratado de Libre Comercio de Norteamérica (NAFTA) entró en vigencia el 1° de enero de 1994 entre Canadá, México y los Estados Unidos, con el propósito de crear una zona de libre comercio en el 2010, que se rige de acuerdo a las reglas establecidas por la OMC y teniendo en consideración el tratado bilateral de 1989 o Tratado de Libre Comercio entre Canadá y Estados Unidos (FTA).
Se llama “zona de libre comercio”, porque las reglas que se disponen definen cómo y cuándo se eliminarán las barreras arancelarias para conseguir el libre paso de los productos y servicios entre las tres naciones participantes; esto es, cómo y cuándo se eliminarán los permisos, las cuotas y las licencias, y particularmente las tarifas y los aranceles, siendo éste uno de los principales objetivos del Tratado. Además el TLC propugna la existencia de “condiciones de justa competencia” entre las naciones participantes y ofrece no sólo proteger sino también velar por el cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual.
La integración entre Estados Unidos y Canadá, empieza a materializarse en 1965, con la firma del Pacto Automotriz entre esos dos países. Por su parte, entre México y Estados Unidos esa integración comenzó a materializarse también de una manera más clara en 1965 cuando se establece el programa de las maquiladoras en el norte de México, que logra promover una integración muy importante entre esos dos países. Pero no es sino hasta 1990 que los Presidentes de México y de Estados Unidos deciden iniciar la negociación de un acuerdo comprensivo de libre comercio, y en setiembre de ese año, el Presidente de Canadá comunica su interés de participar en las discusiones para celebrar el tratado.
El 11 de junio de 1990, Carlos Salinas de Gortari, Presidente de México, y George Bush, Presidente de Estados Unidos, acordaron las negociaciones sobre un acuerdo de libre comercio entre los dos países. Más tarde, Canadá se incorporó a las negociaciones, iniciándose de esta forma los trabajos trilaterales con el objetivo de crear una zona de libre comercio en América del Norte. En el año 1991 los presidentes de los tres países anuncian su decisión de negociar el NAFTA y en junio de ese año se da la primera reunión ministerial de negociaciones.
Las negociaciones concluyeron el 11 de Agosto de 1992 por los Jefes de Gobierno de los tres países. Una vez concluidas las negociaciones, los textos fueron revisados por parte de los Ministros de Comercio, Jaime Serra Puche, Michael Wilson y por la Embajadora Carla Hills. El momento de la firma marca el inicio de un complejo proceso que va desde la autorización del Ejecutivo estadounidense para firmar el Tratado, hasta el sometimiento a la aprobación del Senado Mexicano, del Congreso de Estados Unidos y de la Cámara de los comunes de Canadá.
· El TLC fue firmado por los tres países el 17 de Diciembre de 1992.
· Tras varios años de debate, en 1993 fue aprobado por las Asambleas Legislativas de Canadá, México y Estados Unidos.
· El TLC entró en vigor el 1 de Enero de 1994. .
Carlos Suárez
Es un bloque comercial cuyos propósitos son promover el libre intercambio y movimiento de bienes, personas y capital entre los países que lo integran, y avanzar a una mayor integración política y cultural entre sus países miembros y asociados.
Sus estados miembros son Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. Venezuela, que firmó su adhesión el 17 de junio de 2006, aún no es miembro de pleno derecho, a la espera de que los senados brasileño y paraguayo aprueben dicha solicitud. Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Peru tienen estatus de estado asociado.
Historia del Mercosur
1985-1990
El 30 de noviembre de 1985 los presidentes de Argentina y Brasil suscriben la Declaración de Foz de Iguazú, piedra basal del Mercosur. En 2004, Argentina y Brasil resolvieron conjuntamente que el 30 de noviembre se celebrara el Día de la Amistad argentino-brasileña [1] .
El 29 de julio de 1986 se firma el Acta para la Integración Argentina-Brasileña. Mediante este instrumento se estableció el Programa de Integración y Cooperación entre Argentina y Brasil (PICAB) fundado en los principios de gradualidad, flexibilidad, simetría, equilibrio, tratamiento preferencial frente a terceros mercados, armonización progresiva de políticas y participación del sector empresario. El núcleo del PICAB fueron los protocolos sectoriales en sectores claves.
El 6 de abril de 1988 se firma el Acta ÿÿ Alvoradÿÿ, medianteÿÿÿÿcual Uruguay se suma al procesÿÿÿÿÿÿntÿÿración regional.
El 29 de noviembre de 1988 se celebra el Tratado de Integración, Cooperación y Desarrollo. El Tratado fijó un plazo de 10 años para la remoción gradual de las asimetrías.
El 6 de julio de 1990 se firmó el Acta de Buenos Aires, acelerando el cronograma de integración y fijando la fecha de 31 de diciembre de 1994 para conformar el mercado común.
1991-1995
El 26 de marzo de 1991, Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay firman el Tratado de Asunción, que adopta el nombre Mercosur, le da una estructura institucional básica y establece un área de libre comercio entre los tales países.
En junio de 1992, en Las Leñas, se estableció el cronograma definitivo hacia la constitución del mercado común.
El 17 de diciembre de 1994 se firmó el Protocolo de Ouro Preto que puso en marcha el Mercosur y lo constituyó como persona jurídica de Derecho Internacional.
1995-2001
El 25 de junio de 1996, se firmó entre los países miembros la Declaración presidencial sobre la Consulta y Concertación Política de los Estados Partes del Mercosur, y junto a Chile y Bolivia la Declaración Presidencial sobre Compromiso Democrático en el Mercosur. Estos instrumentos se relacionan con los intentos de golpe de estado en abril en Paraguay y el decisivo rol jugado por el Mercosur para evitarlo [2] .
El 24 de julio de 1998 los cuatro países miembros junto a Bolivia y Chile firman el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático.
El 10 de diciembre de 1998 los cuatro presidentes firman la Declaración Sociolaboral" del Mercosur.
El 29 de junio de 2000 se aprueban las Decisiones referidas al "Relanzamiento del Mercosur"
2002
El 18 de febrero de 2002, mediante el Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias se crea el Tribunal Permanente de Revisión del Mercosur. Se instaló en 2004 con sede en Asunción.
El 6 de diciembre de 2002, los miembros plenos del Mercosur, más Bolivia y Chile, firman el Acuerdo de Residencia para Nacionales estableciendo la libertad de residencia y trabajo en todo el ámbito de los seis países.
2003
En 2003, por Decisión CMC Nº 11/03, se creó la Comisión de Representantes Permanentes del Mercosur (CRPM) con su Presidente. El Presidente de la CRPM representa al Mercosur ante terceros, y dura dos años en su cargo, pero el CMC puede extender el mismo por un año más. Eduardo Duhalde fue el presidente entre 2003-2005, y Carlos "Chacho" Álvarez, ha sido designado para el período 2005-2007.
Cumbre del Mercosur, 2006
2004
En diciembre de 2004, en la Cumbre de Presidentes de Ouro Preto:
se estableció el Fondo para la Convergencia Estructural del Mercosur (FOCEM) (Decisión CMC Nº 45/04), con el fin de financiar programas de convergencia estructural, competitividad, cohesión social, e infraestructura institucional;
se creó el Grupo de Alto Nivel (GAN) para la formulación de una Estrategia MERCOSUR de Crecimiento del Empleo (Grupo de Alto Nivel para el Empleo);
se encomendó a la Comisión Parlamentaria Conjunta la redacción de una propuesta de Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur.
2005
El 6 de julio de 2005 se firmó el Protocolo de Asunción sobre Derechos Humanos del Mercosur.
En la Cumbre de Presidentes de Montevideo de diciembre de 2005, se creó el Parlamento del Mercosur que deberá ponerse en funcionamiento antes del 31 de diciembre de 2006.
2006
En la Cumbre de Presidentes de Córdoba del 20 al 22 de julio de 2006:
se integró Venezuela como miembro pleno del Mercosur;
se aprobó la Estrategia Mercosur de Crecimiento del Empleo (Decisión CMC Nº 04/06);
se creó el Observatorio de la Democracia del Mercosur (Decisión 24/06);
se estableció que Argentina será sede permanente del Mercosur Cultural;
El 21 de diciembre de 2006 Bolivia pidió su ingreso al Mercosur como Estado parte. Por Decisión CMC 35/2006 se incorporó al Guaraní como uno de los idiomas del Mercosur.
2007
En la Cumbre de Presidentes realizada el 18 de enero de 2007 se aprobó:
el pedido de Bolivia de integrarse al Mercosur creando un Grupo Ad Hoc para su implementación;
los primeros once proyectos piloto del FOCEM (Fondo para la Convergencia Estructural del Mercosur).
Estructura jurídica del Mercosur
Artículo principal: Derecho comunitario del Mercosur
El Mercosur funciona con una estructura jurídica en la que se combinan los clásicos tratados, protocolos y declaraciones del Derecho Internacional, con normas propias obligatorias dictadas por los órganos decisorios del bloque (derecho comunitario), recomendaciones no obligatorias dictadas por los órganos auxiliares, e incluso acuerdos de concertación social regional.
Decisiones, resoluciones y directivas
XXX Cumbre del Mercosur, 2006
El Mercosur posee tres organismos decisorios:
el Consejo del Mercado Común (CMC), su órgano supremo, que dicta Decisiones;
el Grupo Mercado Común (GMC) que dicta Resoluciones;
la Comisión de Comercio del Mercosur (CCM), dicta Directivas.
Estos tres tipos de normas comunitarias dictadas por los organismos decisorios del Mercosur, son de aplicación obligatoria para los países miembros (Protocolo de Ouro Preto, artículo 42).
Ello ha generado un problema específico, que aunque con diferencias respecto del sistema de internalización de normas que tiene cada uno, sobre el modo de "internalizar" las normas del Mercosur a los ordenamientos jurídicos de cada uno de las naciones que lo integran y el nivel de jerarquía que ocupan en la pirámide jurídica [6] . Para ello, en todos los casos se precisa de un acto jurídico de los países miembros. Por esta razón, especialistas discuten si estas normas del Mercosur constituyen realmente un derecho propio del Mercosur, lo que se conoce como derecho comunitario, o se trata de normas de derecho internacional que precisan ser ratificadas. Un gran sector ha optado por crear la categoría de derecho comunitario derivado.
Las normas obligatorias del Mercosur se toman por unanimidad de todos los países miembros y sin que falte ninguno (artículo 37 del Protocolo de Ouro Preto).
Tratados y protocolos
Las normas de importancia extraordinaria para el Mercosur, se realizan como tratados internacionales y por lo tanto necesitan ser ratificados por los parlamentos nacionales. Toman la forma de protocolos complementarios del Tratado de Asunción, que constituye la norma institucional básica del Mercosur.
Por tratarse de una norma complementaria de un tratado, los protocolos suelen tener una tramitación más rápida para su ratificación parlamentaria en cada país. Excepcionalmente, en algún caso, como el Acuerdo Multilateral de Seguridad Social de 1997, se recurrió a la forma del tratado, y la tramitación para su ratificación demoró 8 años.
Declaraciones presidenciales
En algunos casos, los países miembros han recurrido a las declaraciones presidenciales, como en el caso de la Declaración sobre Compromiso Democrático de 1996, o la Declaración Sociolaboral de 1998. Las declaraciones son actos firmados por todos los presidentes que no necesitan ningún tipo de ratificación parlamentaria ni acto de internalización. Se discute entre los juristas la validez de estas normas, con gran variedad de puntos de vista.
Recomendaciones y demás actos de los organismos auxiliares
Los demás organismos del Mercosur producen recomendaciones a alguno de los tres órganos decisorios, y solo se transforman en normas obligatorias, si son aprobados y adoptan la forma de algunas de las alternativas tratadas en el punto anterior.
Un caso especial lo constituyen las recomendaciones de la Comisión Sociolaboral. Desde el punto de vista meramente formal no tiene diferencia alguna con las recomendaciones realidas por otros organismos del Mercosur. Pero debido a su peculiar composición tripartita (gobiernos, empleadores y sindicatos), las recomendaciones que realiza constituyen actos de consenso entre los tres sectores, lo que hace de las mismas verdaderos actos de diálogo y concertación social regional. El peso de ese consenso y el hecho de que los gobiernos están representados hace que su aprobación se encuentre virtualmente asegurada.
Internalización de las normas del Mercosur y el Derecho comunitario
Pasaporte argentino con la mención "Mercosur" por encima del nombre del país. Todos los pasaportes de los miembros del Mercosur deben mencionarlo y ser de color azul oscuro.
El modo en que se logra la aplicación efectiva de las decisiones, resoluciones y directivas del Mercosur como derecho interno de cada país, y el rango jurídico que ellas ocupan frente a las normas nacionales, ha generado un problema específico conocido con el nombre de "internalización" de las normas supranacionales.
Los países miembros del Mercosur poseen diferentes mecanismos constitucionales para "internalizar" las normas establecidas por el bloque y le asignan diferentes rangos de supremacía frente a su derecho interno. En Argentina y Paraguay, que han adoptado el sistema conocido como "monista", los tratados y protocolos ratificados tienen valor superior a las leyes nacionales, y por lo tanto no pueden ser derogados ni suplidos por estas. En Brasil y Uruguay, que han adoptado el sistema conocido como "dualista", los tratados y protocolos tienen el mismo valor que las leyes nacionales, y por lo tanto estas predominan sobre aquellos si son de fecha posterior.
Por otra parte, las constituciones de los países miembros no tienen definido con claridad el status jurídico de las normas obligatorias dictadas por los organismos decisorios del Mercosur, ni sus condiciones de validez interna en cada estado.
En la práctica cada país ha elaborado procedimientos que permitan una rápida incorporación de las normas mercosureñas como derecho interno, pero en ningún caso hay una aplicación directa. Esto ha llevado a varios especialistas a sostener que el derecho mercosureño no tiene la condición de derecho comunitario.
Estados asociados al Mercosur
Tiene como estados asociados a Bolivia (1996), Chile (1996), Perú (2003), Colombia (2004) y Ecuador (2004). Bolivia, Perú, Colombia y Ecuador integran la Comunidad Andina (CAN), bloque con el que el Mercosur también firmará un acuerdo comercial.
El estatus de Estado asociado se establece por acuerdos bilaterales, denominados Acuerdos de Complementación Económica, firmados entre el Mercosur y cada país asociado. En dichos acuerdos se establece un cronograma para la creación de una zona de libre comercio con los países del Mercosur y la gradual reducción de las tarifas arancelarias entre el Mercosur y los países firmantes. Además de participar en calidad de invitados a la reuniones de los organismos del Mercosur y efectuar convenios sobre materias puntuales.
Chile formaliza su asociación al Mercosur el 25 de junio de 1996, durante la X Reunión de Cumbre del Mercosur, en San Luis, Argentina, a través de la suscripción del Acuerdo de Complementación Económica Mercosur-Chile.
Bolivia formalizó su adhesión en la XI Reunión de Cumbre del Mercosur, en Fortaleza (Brasil), el 17 de diciembre 1996, mediante la suscripción del Acuerdo de Complementación Económica Mercosur-Bolivia. A fines de 2006 formalizó su pedido de admisión como miembro pleno del Mercosur.
Perú formaliza su asociación al Mercosur en el 2003 por la suscripción del Acuerdo de Complementación Económica Mercosur-Perú (CMC Nº 39/03).
Colombia, Ecuador y Venezuela formalizan su asociación al Mercosur el 2004 mediante la suscripción del Acuerdo de Complementación Económica Mercosur-Colombia, Ecuador y Venezuela (CMC Nº 59/04).
Venezuela se integra como estado miembro, con plenos derechos y deberes, al firmar el Protocolo de adhesión al Mercosur el 4 de julio de 2006. Entre el 2004 y 2006 Venezuela era estado asociado.
El Mercosur se concibe cómo un proyecto de integración a nivel América Latina, por eso prevé la incorporación de más estados de la región, sea para el estatus de estado asociado o estado miembro
Acuerdos con otros bloques regionales
Existe un acuerdo con la Comunidad Andina, establecido en el Acuerdo de Complementación Económica celebrado entre la Comunidad Andina y el Mercosur del 6 de diciembre del 2002. Además de la cooperación económica también se efectúa un diálogo político. Se abre también la posibilidad de entablar negociaciones con cada uno de los estados integrantes del bloque andino.
En noviembre de 2005 el Congreso Colombiano ratificó un Tratado de Libre Comercio (TLC) con el Mercosur. En consecuencia, el acceso a Mercosur de productos colombianos aumenta el peso político de Colombia en las negociaciones que actualmente se llevan a cabo para un tratado de libre comercio (TLC) con los Estados Unidos.
El 30 de diciembre de 2005, el presidente colombiano Álvaro Uribe firma la Ley 1.000, para la creación de una zona de libre comercio entre la Comunidad Andina y el Mercosur. Con este nuevo acuerdo, los productos colombianos consiguieron un acceso preferencial al Mercosur, a la vez que Colombia obtuvo la oportunidad de importar materias primas y bienes de capital de Mercosur a costos más bajos según lo establecido en el TLC. Colombia también logró unas condiciones de asimetría favorables que le permiten aplicar una desgravación gradual y progresiva de las importaciones provenientes de las economías más grandes del Mercosur, como Argentina y Brasil. [2]
Libre residencia y circulación de personas
El Mercosur, Bolivia y Chile han establecido que todo su territorio constituye un Área de Libre Residencia con derecho a trabajar para todos sus ciudadanos, sin otro requisito que acreditar la nacionalidad y no poseer antecedentes penales. Esta área fue establecida en la Cumbre de Presidentes de Brasilia, mediante el Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Parte del Mercosur, Bolivia y Chile firmado el 6 de diciembre de 2002.
Si bien el Área de Libre Residencia y Trabajo no se asimila completamente a la libre circulación de personas (donde no se requiere tramitación migratoria alguna), los seis países han dado un gran paso adelante y establecido expresamente su voluntad de alcanzar la plena libertad de circulación de las personas en todo el territorio.
El Mercado Común Centroamericano (MCCA)
estába integrado por Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua. Se rige por el Tratado de Managua (1960) y sus protocolos modificatorios. Su población representa un 6,5% y su territorio un 2,1 % del total de América Latina. Su Producto Interno Bruto un 2,2% del de la región.
Estados Unidos es el principal socio comercial de los países del MCCA. Desde 1991 sus miembros obtienen las preferencias contempladas en la Iniciativa de la Cuenca del Caribe, las que se han visto dañadas por la formación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). Por otra parte, la Unión Europea otorga un tratamiento preferencial a las exportaciones del MCCA así como cooperación en la forma de asistencia técnica. El comercio con el resto de América Latina y el Caribe es de poca magnitud, excepto en el caso de México. Hasta hace poco las relaciones formales con los otros países de la región eran escasas, excepto en el caso de México y Venezuela para sus compras de petróleo.
A mediados la década de los ochenta se obtuvo algunos progresos. En 1985 se firmó un acuerdo con la Comunidad Europea y se concretó un arancel para la importación. En 1987 se suscribió el Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y en 1990 se estableció un nuevo sistema de pagos.
En 1990 los presidentes centroamericanos acordaron reestructurar, fortalecer y reactivar el proceso de integración, así como sus organismos. En Abril de 1993 se llegó a un acuerdo de libre comercio que tiene como objeto el intercambio de la mayoría de los productos, la liberalización de capitales y la libre movilidad de personas.
La reforma acordada en Julio de 1997 contempla el fortalecimiento del Parlamento Centroamericano, La reforma de la Corte Centroamericana de Justicia y la unificación de las secretarías en una sola Secretaría General.
Régimen comercial
Existe libre comercio entre todos los países, excepto Costa Rica, país que se está incorporando gradualmente. Anteriormente se aplicaba un régimen de excepción para productos agropecuarios considerados vulnerables, ahora solo para servicios. Es posible imponer salvaguardas intrarregionales cuando un país se considera afectado por prácticas de comercio desleal. Para la solución de controversias se cuenta con un cuerpo arbitral compuesto por un representante de cada país miembro.
Evolución del comercio
Para 1998 las exportaciones totales del MCCA alcanzaron un monto de 10.573 millones de dólares. Lo que representa, de acuerdo a cifras preliminares un incremento de 10,2% respecto al año anterior. Entre 1990 y 1998 las exportaciones aumentaron en un 160% (un promedio anual de 12,7%).
Las exportaciones dentro de la sub-región alcanzaron en 1998 a $2.073 millones, cifra superior en 12,1% a la del año anterior. Entre 1990 y 1997 el comercio intrasubrregional casi se triplicó, al pasar las exportaciones entre los países miembros de $656 millones a $1.866 millones. La tasa anual de crecimiento en el período fue de aproximadamente 16 %.
El comercio intrasubrregional se había deteriorado fuertemente durante la década de los ochenta cuando cayó de un nivel de $1.100 millones en 1980 a solo $450 millones en 1986. Sólo en 1993 se recuperó el nivel anterior a la crisis.
El principal destino de las exportaciones de los países del MCCA son los Estados Unidos de América. En 1998 aproximadamente un 45% de las exportaciones se destinaron a EE.UU. A América Latina fue un 27% y a la Comunidad Andina un 2%. Cabe destacar el bajo monto de las exportaciones a CARICOM y en especial a el Mercosur.
Evolución general
Para finales de la década de los setenta los países centroamericanos habían alcanzado un comercio recíproco equivalente a una cuarta parte de sus exportaciones totales. Se había construido una infraestructura común y establecido relaciones entre sus mercados y empresarios.
A partir de entonces, y a lo largo de prácticamente toda la década de los ochenta, la inestabilidad política en la mayoría de los países de la sub-región, las tensiones que se crearon entre ellos y el hecho de haberse convertido en un centro de conflictos de alcance internacional conformaron una situación totalmente adversa a los esfuerzos de integración. Tales circunstancias se reflejaron en el comercio subrregional, al punto de que para 1986 su monto se había reducido en más de la mitad de lo que había sido cinco años antes. Sin embargo, una vez superadas en lo esencial las crisis políticas, la reanudación de proceso de integración fue relativamente rápida. Para 1996 el comercio recíproco alcanzaba a 20% del total de las exportaciones, porcentaje similar al que presenta para el mismo año MERCOSUR.PUNTO
Tratado de Libre Comercio México - Canadá - Estados Unidos NAFTA
El Tratado de Libre Comercio de Norte América (NAFTA por sus siglas en inglés) con Canadá y México entro en vigor el 1 de enero de 1994. La regla de origen para textiles y prendas se basa en la regla de “envío de hilo”
El Tratado de Libre Comercio de Norteamérica (NAFTA) entró en vigencia el 1° de enero de 1994 entre Canadá, México y los Estados Unidos, con el propósito de crear una zona de libre comercio en el 2010, que se rige de acuerdo a las reglas establecidas por la OMC y teniendo en consideración el tratado bilateral de 1989 o Tratado de Libre Comercio entre Canadá y Estados Unidos (FTA).
Se llama “zona de libre comercio”, porque las reglas que se disponen definen cómo y cuándo se eliminarán las barreras arancelarias para conseguir el libre paso de los productos y servicios entre las tres naciones participantes; esto es, cómo y cuándo se eliminarán los permisos, las cuotas y las licencias, y particularmente las tarifas y los aranceles, siendo éste uno de los principales objetivos del Tratado. Además el TLC propugna la existencia de “condiciones de justa competencia” entre las naciones participantes y ofrece no sólo proteger sino también velar por el cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual.
La integración entre Estados Unidos y Canadá, empieza a materializarse en 1965, con la firma del Pacto Automotriz entre esos dos países. Por su parte, entre México y Estados Unidos esa integración comenzó a materializarse también de una manera más clara en 1965 cuando se establece el programa de las maquiladoras en el norte de México, que logra promover una integración muy importante entre esos dos países. Pero no es sino hasta 1990 que los Presidentes de México y de Estados Unidos deciden iniciar la negociación de un acuerdo comprensivo de libre comercio, y en setiembre de ese año, el Presidente de Canadá comunica su interés de participar en las discusiones para celebrar el tratado.
El 11 de junio de 1990, Carlos Salinas de Gortari, Presidente de México, y George Bush, Presidente de Estados Unidos, acordaron las negociaciones sobre un acuerdo de libre comercio entre los dos países. Más tarde, Canadá se incorporó a las negociaciones, iniciándose de esta forma los trabajos trilaterales con el objetivo de crear una zona de libre comercio en América del Norte. En el año 1991 los presidentes de los tres países anuncian su decisión de negociar el NAFTA y en junio de ese año se da la primera reunión ministerial de negociaciones.
Las negociaciones concluyeron el 11 de Agosto de 1992 por los Jefes de Gobierno de los tres países. Una vez concluidas las negociaciones, los textos fueron revisados por parte de los Ministros de Comercio, Jaime Serra Puche, Michael Wilson y por la Embajadora Carla Hills. El momento de la firma marca el inicio de un complejo proceso que va desde la autorización del Ejecutivo estadounidense para firmar el Tratado, hasta el sometimiento a la aprobación del Senado Mexicano, del Congreso de Estados Unidos y de la Cámara de los comunes de Canadá.
· El TLC fue firmado por los tres países el 17 de Diciembre de 1992.
· Tras varios años de debate, en 1993 fue aprobado por las Asambleas Legislativas de Canadá, México y Estados Unidos.
· El TLC entró en vigor el 1 de Enero de 1994. .
Carlos Suárez
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